Firma electrónica, respuestas sencillas a las preguntas más frecuentes

En este post recibirás respuesta a las preguntas más comunes sobre firma electrónica y descubriras cómo firmar con la máxima seguridad documentos y contratos a distancia de todo tipo, incluso aunque deba mediar un pago.

¿Qué es la firma electrónica?

Como sabes, una firma en papel es una rúbrica que una persona pone en un documento para identificarse como autor de este y expresar que aprueba su contenido (manifestación de voluntad).

Pues bien, la firma electrónica es aquella en la que el firmante usa medios electrónicos para expresar su voluntad.

¿Qué clases de firmas electrónicas hay?

Las firmas electrónicas pueden ser de tres tipos:

  • Simples
  • Avanzada
  • Cualificada

Su clasificación depende de los sistemas de seguridad empleados para su creación. Si se emplea mayor seguridad en su creación ofrecerá mayor grado de confianza y garantías a los firmantes.

La firma simple es la que ofrece un nivel de seguridad más bajo. Una firma electrónica simple sería, por ejemplo, un número de identificación personal (PIN) ingresado en un cajero automático del banco o una firma escaneada en un documento de Word, o el usuario y contraseña para entrar a una página web.

La firma avanzada, permite identificar al firmante de manera inequívoca y permite saber a la otra parte que el contenido del documento no se ha cambiado. Por ejemplo, es una firma avanzada la que haces introduciendo un código de un solo uso que te envía la otra parte por SMS a tu móvil o a través de dirección de correo electrónico. Tanto tu móvil como tu e-mail son herramientas que están bajo el exclusivo control del firmante y por eso su uso para crear la firma le dan un nivel de confianza más elevado que la firma simple.  

La firma cualificada, además asegura la identidad del firmante, por ello es la única a la que la ley le confiere el valor de una firma manuscrita.

Todas ellas, son legales y válidas y su uso dependerá del nivel de seguridad que requiera el documento que vamos a firmar a distancia (no es igual firmar un acta de la comunidad de propietarios que la firma online de un contrato de compraventa de vivienda)

Firma electrónica
Firma electrónica

¿Todas las firmas electrónicas son firmas digitales?

Gráficamente podemos imaginar una firma digital como aquella que le pone un candado al documento. Ese documento desde el momento en que firma digitalmente ofrece muchas garantías a quién lo recibe ya que le permite saber con certeza que el firmante es quién dice ser y que el documento no se ha podido modificar ni alterar desde el momento de su firma. Siguiendo con el ejemplo que hemos puesto anteriormente de una firma escaneada en un documento de Word y enviada por e-mail, no permite a su receptor atribuir la firma a una persona en concreto y por tanto no reúne los requisitos de una firma digital.

Por tanto, todas las firmas digitales son electrónicas, pero no todas las firmas electrónicas son digitales.

¿Para qué sirve la firma digital?

Las partes firmantes de un documento habrán de utilizar la firma digital para firmar siempre que quieran que dicho documento cumpla los siguientes requisitos:

  • Que el mensaje recibido por el destinatario sea exactamente el mismo que envió el remitente (Integridad de los datos):

En Internet, donde los mensajes tienen que ir de un dispositivo de red a otro antes de llegar a su destino, existe el riesgo de que dichos mensajes se vean alterados, de forma accidental o deliberada. La integridad de los mensajes o datos es muy importante en las transferencias de datos. La integridad de los datos garantiza que el mensaje recibido por el destinatario sea exactamente el mismo mensaje enviado por el remitente.

  • Que el emisor del mensaje sea quien dice ser (autenticación):

Al destinatario de un archivo confidencial no le bastará saber que la información en ese archivo no ha sido alterada, sino que también querrá tener la garantía de que el emisor de dicho archivo es quien dice ser. Es decir, necesitará un mecanismo que le permita autenticar la fuente.

  • Que el emisor del mensaje no pueda negar el envío posteriormente (no repudio):

Puede haber intercambios de datos en los que el emisor no deseará que los remitentes rechacen las transmisiones que realmente enviaron en el pasado. Por ejemplo, si alguien envía un informe y luego se descubre que el informe es fraudulento, no deseará que el remitente niegue el hecho de que lo envió.

¿Qué es el certificado de firma electrónica?

El certificado de firma electrónica es un medio que permite verificar la identidad de un firmante durante un proceso de firma electrónica. Es una especie de documento de identidad digital (como un DNI o un pasaporte digital). Podemos decir que es una identificación oficial en internet.

Es una acreditación que permite autenticarse y firmar documentos electrónicos.

Estos certificados tienen el objetivo de identificar inequívocamente a su titular y son emitidos por Proveedores de Servicios de confianza.

Cuando el certificado se expide cumpliendo requisitos cualificados en lo que se refiere a su contenido, a los procedimientos de comprobación de la identidad del firmante y a la fiabilidad y garantías de la actividad de certificación electrónica, decimos que es un certificado cualificado.

¿Qué diferencia hay entre certificado y la firma electrónica?

Si bien la firma digital y el certificado electrónico son dos elementos que participan en el proceso de firma de un documento en formato electrónico, se trata de conceptos distintos por los siguientes motivos:

·       Por la forma de generarse

El certificado digital se emite por una autoridad de certificación (como la FNMT), verificando la autoridad del titular y asociándola electrónicamente al certificado. Implica un proceso de generación, registro, verificación y creación de claves.

Al firmar digitalmente, se realiza un cifrado del documento, descifrándose en destino con la clave correspondiente.

·       Por su objetivo o funcionalidad

El certificado digital identifica a la persona titular, sobre la base de la confianza que proporciona la autoridad de certificación.

Según el tipo de firma, identifica al firmante, acreditando su conformidad o declaración de voluntad respecto de un documento específico.

Es decir, el certificado digital identifica a su titular, mientras que la firma digital solo identifica al firmante de un documento o archivo concreto.

·       Por los extremos que acredita

El certificado digital autentica la identidad del titular de este.

La firma electrónica, según los casos (simple, avanzada o cualificada), permite asegurar la autenticación del firmante, el no repudio y la integridad del documento.

¿Qué tipos de certificados digitales existen?

Existen dos tipos de certificados digitales, los que se incluyen en el chip del DNI electrónico y los que emite la Fábrica de Moneda y Timbre (FNMT). La inmensa mayoría de páginas de la administración funcionan tanto con uno como con otro certificado, por lo que no importará cuál de ellos estés utilizando.

Se clasifican en tipo software o hardware. Pueden almacenarse en dispositivos cualificados de creación de firmas y obtener firma electrónica cualificada (solo bajo ciertas condiciones específicas).

¿Cómo puedo obtener la firma electrónica? ¿Cómo descargar la aplicación para firma electrónica?

Para obtener el certificado de la FNMT, sólo tienes que ir a la web donde solicitar el certificado de persona física y seguir los pasos que te recomiendan. Acabarás descargándote un certificado que puedes instalar en Chrome, Firefox o Edge.

Accede a la página web de la FNMT y, a continuación, sigue los pasos del procedimiento:

1. Configuración previa a la solicitud. …

2. Obtención del código de solicitud por Internet. …

3. Acreditación de identidad en una Oficina de Registro. …

4. Descarga del certificado electrónico. …

5. Obtención de una copia de seguridad del certificado.

¿Cómo saber si ya tengo firma electrónica?

1. Entra en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) para verificar si lo tienes instalado. …

2. Si te aparece lo seleccionas y pinchas en Solicitar Verificación. …

3. Si no te aparece para seleccionar será que no lo tienes instalado correctamente.

La plataforma de firma electrónica más segura

Pagoscertificados.com es una pionera plataforma de contratación digital y pagos creada por el Consejo General de la Abogacía Española, que ofrece un plus respecto al resto de herramientas de firma de contratos online ya que es la única que posibilita la firma digital del contrato y el pago de este.

El resto de las plataformas sólo ofrecen soluciones para la firma electrónica de documentos. Estas herramientas pueden ser útiles para la firma de contratos online, pero no facilitan el pago, siendo la principal utilidad de Pagoscertificados.com frente a los servicios prestados por aquellas plataformas, no sólo la de permitir un pago instantáneo a través de la integración del servicio de CaixaBank, sino principalmente la de condicionar la existencia del contrato al pago requerido.

Además Pagoscertificados.com ofrece la posibilidad de firmar digitalmente contratos civiles, mercantiles o laborales eligiendo el nivel de identificación de las partes que consideres pertinente (desde el más bajo al más alto) valorando entre operatividad y seguridad.

La próxima vez que tengas que firmar un contrato online y quieras cobrar con seguridad, recuerda que puedes hacerlo de forma ágil y fácil a través de la web www.pagoscertificados.com.

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Pagoscertificados.com, marca un hito jurídico en la contratación electrónica

Es la primera plataforma de contratación electrónica que aúna el acuerdo y el pago online, condicionando la eficacia del mismo al pago establecido.

La plataforma incorpora nuevas funcionalidades para hacer más eficaz la contratación electrónica.

11/07/2022.- España ha marcado un hito jurídico y tecnológico en la contratación electrónica al desarrollar la primera plataforma en el mundo que concilia acuerdos y pagos online sin necesidad de desplazamientos. Pagoscertificados.com, lanzada al mercado hace un año, ha convertido a España en el primer país del mundo en realizar una operación impensable hace tan sólo unos años, como es la compraventa de una propiedad inmobiliaria, entre personas de distintas localidades, de móvil a móvil gracias a la tecnología Smart Contract.

Esta operación, pionera en el mundo, es sólo un ejemplo de la revolución tecnológica que supone esta innovadora plataforma de contratación digital y pagos online, desarrollada por el Consejo General de la Abogacía Española, CTI Soluciones y CaixaBank, con el objetivo de dar una respuesta eficaz a las nuevas demandas de la sociedad digital y a la inmediatez que exige la era digital, dotando de plena garantía jurídica y seguridad a las transacciones realizadas a través de Internet. Esta eficaz solución tecnológica es ya el complemento perfecto para la contratación a distancia.

Ventajas, una contratación más segura y eficaz

Esta novedosa tecnología supone todo un cambio en la forma de contratar y cerrar acuerdos on line, por ser la primera que asocia el acuerdo online al pago de lo pactado, de tal manera que, si no hay cobro o cumplimiento del pago pactado, el documento firmado por las partes no puede ser descargado, cancelándose el contrato si no se ha producido el ingreso pactado en el tiempo establecido al formular el acuerdo, de tal manera que los contratos que hayan sido firmados, pero no pagados, no se pueden descargar en lo que los fundadores denominan ya como un contrato fantasma o “Snap Contrat”.


El uso de la tecnología Smart Contract asociando la plataforma de contratación digital a una cuenta escrow asociada es la innovación clave fundamental para cerrar acuerdos propuestos por un sistema inteligente y automatizado basado en Inteligencia artificial. Cliquea en el enlace para conocer cómo funciona y cuáles son su beneficios.

La posibilidad de condicionar el acuerdo al pago, con seguridad y celeridad en el cobro, ofrece una oportunidad única, otorgando máxima garantía en el cumplimiento del contrato firmado por las partes. Todo ello, con la posibilidad de formalizar y cerrar todo el proceso de contratación a cualquier hora del día, desde cualquier lugar, y sin desplazamientos de los firmantes, que pueden operar desde cualquier tipo de dispositivo electrónico.

firma electrónica vinculada al pago online
Pagoscertificados.com asocia acuerdo y pago online

Como valor diferencial, la plataforma de contratación está ligada con una cuenta escrow desarrollada por una filial de CaixaBank, que casa los contratos con los pagos y detecta el cumplimiento del contrato dentro del plazo pactado de forma automatizada gracias a una tecnología Smart Contract.

Una vez verificado que el pago cumple los requisitos, libera las cantidades y los contratos firmados a sus beneficiarios de forma inmediata, permitiendo cobrar rápidamente a los beneficiarios del pago y certificando digitalmente el acuerdo alcanzado y la transacción de pago llevada a cabo.

Esta operativa otorga fehaciencia e integridad a los acuerdo digitales emitiendo como prueba robusta una certificación electrónico, con un resumen del acuerdo acreditativo de la fecha y hora de firma del contrato, con un sello de tiempo cualificado que impide que el documento pueda ser alterado desde el instante de su firma. (IMAGEN DOCUMENTO)
Entre sus beneficios, aumenta la productividad y reduce costes en los procesos de contratación para profesionales y empresas.

Casos de uso

Esta disruptiva plataforma de contratación online permite realizar cualquier tipo de acuerdo, extrajudicial o judicial, garantizando su cumplimiento y el pago. Entre sus casos de uso, es una herramienta muy eficaz para el envío de notificaciones certificadas junto con propuestas de acuerdo.

De esta forma, se está usando en el sector del recobro para notificar el requerimiento de pago junto con una propuesta de acuerdo de pago amistoso; en el ámbito inmobiliario para la formalización de contratos de arrendamiento condicionados al pago de la fianza y de la primera mensualidad de pago del alquiler y para contratos de arras; en el sector de los seguros para enviar y demostrar propuestas de pago de indemnizaciones mediante el uso de una propuesta de consignación condicionada a la aceptación de una renuncia de acciones civiles; en el sector de RRHH y ámbito laboral para poner fin a las reclamaciones laborales de los empleados y soluciones amistosas; en el sector del comercio electrónico se están formalizando compraventas de todo tipo de bienes y servicios; en el sector financiero y bancario se están otorgando contratos de préstamo on line, en el sector del crowdfounding/capital riesgo/fondos de inversión se están formalizando acuerdos de inversión y compraventas privadas de acciones y, en general, se está utilizando para alcanzar todo tipo de acuerdos judiciales y extrajudiciales que quieran garantizarse el cobro de los acuerdos alcanzados.

La plataforma tecnológica es, además, una alternativa más rápida y económica a la cuenta de consignaciones judiciales, facilitando las gestiones de los abogados y permitiendo el cierre de acuerdo on line entre partes litigantes y permitiendo que los clientes cobren con celeridad.

Nuevas funcionalidades

La plataforma se creó para facilitar el cierre de acuerdos judiciales y extrajudiciales entre abogados en todo tipo de litigios y acuerdos que lleven asociado un pago y posteriormente ha incorporado nuevas funcionalidades ante nuevos casos prácticos de uso donde aporta un gran valor añadido. De esta manera, ofrece soluciones de pago electrónico, firma electrónica y contratación digital sin pago, contratación digital y pagos asociados al contrato de identificación digital de las firmas, siendo ya posible el acceso de cualquier persona física con DNI electrónico o certificado FNMT. La plataforma te permite elegir entre distintos niveles de identificación en el acceso de los intervinientes.

Por último, la legaltech de la Abogacía española va a permitir certificar el cumplimiento del nuevo requisito indispensable de demostrar y acreditar que se ha intentado alcanzar un acuerdo amistoso previo o intento de conciliación antes de la interposición de una demanda judicial, tal y como establece como requisito indispensable de admisión de las demandas la nueva reforma procesal desarrollada en el proyecto de Ley de Eficiencia Procesal cuyo ante proyecto ya ha sido aprobado.

Desde su creación, SPC ha recibido ya numerosos reconocimientos públicos, siendo recientemente finalista en los prestigiosos Premios de Expansión Jurídico, en la Alhambra Venture, el mayor evento de emprendimiento del sur de Europa, o en la Spain Legal Expo.


Más información en www.pagoscertificados.com

Puedes también contactar con nuestra responsable de comunicación:

Roxana Sáez en rsaez@pagoscertificados.com

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