Transacciones condicionadas a un pago, la innovadora forma de alcanzar acuerdos

Alcanzar transacciones condicionadas a un pago ya es posible en España gracias a la revolucionaria plataforma de contratación y pagos de la Abogacía Española, una versátil herramienta que permite realizar acuerdos de cobro y acuerdos de pago online entre partes adversas sin necesidad de que exista una relación de confianza entre ellas. En este post descubrirás cómo celebrarlas y sus casos de uso.

¿Cómo se pueden realizar transacciones condicionadas a un pago o transferencias sujetas a firma?

Pagoscertificados.com ofrece un servicio de contratación a distancia innovador y único ya que es la primera plataforma de contratación electrónica que, además de permitir la firma digital del documento, lo vincula con el pago derivado del mismo, de manera que concilia el pago con el acuerdo digital previo.

La solución está basada en tecnología Smart Contracts, que detecta el cumplimiento de las condiciones pactadas y se autoejecuta.

La herramienta bloquea el contrato firmado digitalmente por las partes, no permitiendo su descarga de la plataforma hasta que no se verifica el cobro de la cantidad solicitada por el beneficiario (propuesta de cobro) u ofrecida por la proponente (propuesta de pago/consignación), asociando la aceptación y firma con el pago.

La plataforma de contratación está ligada con una cuenta escrow desarrollada por CaixaBank, que casa los contratos con los pagos, liberando el pago junto con el contrato cuando se cumplen las condiciones pactadas.

Por otra parte, la herramienta está integrada con Logalty (prestador de servicios de confianza reconocido por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital), que interviene en la operación como un tercero por interposición, como un testigo del acuerdo, ello permite  proporcionar a las partes, una certificación con un resumen del acuerdo acreditando la fecha y hora de la firma del contrato, con un sello de tiempo que permite a las partes saber que el documento no puede ser alterado desde el instante de su firma, gozando de una absoluta integridad. Dicho sello de tiempo es cualificado al estar emitido por un prestador de servicios de confianza reconocido.

El resumen del acuerdo, referenciado con un código inalterable, es depositado notarialmente ante varios notarios por el sistema de depósito notarial distribuido.

Estas evidencias generadas nos permiten ofrecer una prueba robusta del acuerdo celebrado por las partes a través de Pagoscertificados.com.

¿Qué significa una transferencia condicionada?

Cuando un deudor está dispuesto a cumplir su prestación económica, pero el acreedor sin causa justificada no la recibe, aquel, para proteger sus intereses puede acudir a la justicia bien iniciando un procedimiento de jurisdicción voluntaria de consignación judicial o bien recurrir a la consignación notarial de la cantidad.

Ante tal decisión el obligado al pago suele temer el largo proceso de consignación y la burocracia lenta y cara, problemas que precisamente evita el uso de la plataforma Pagoscertificados.com.

Esta herramienta permitirá un método muy ágil y confiable para llevar a cabo actos sensibles en los que deba mediar un pago, a modo de “notario electrónico”, adaptando el ofrecimiento de pago y la consignación judicial a la era digital en la que estamos inmersos.

Una transferencia condicionada es un medio válido para efectuar de forma fehaciente el ofrecimiento de pago, con el que un deudor, podrá lograr la constitución en mora del acreedor (mora accipiendi) de forma barata y sencilla gracias al uso de la tecnología desarrollada por la Abogacía española.

Si el acreedor acepta y firma la oferta de pago hecha a través de Pagoscertificados.com, la plataforma le hará entrega en el plazo pactado de la cantidad ofertada y el deudor, podrá descargar de la plataforma el certificado acreditativo de tal entrega, pudiendo las partes dar por finalizado el conflicto.

¿Qué es el concepto de pago en una transferencia bancaria?

El concepto de pago en una transferencia bancaria es un campo en el que se debe agregar una pequeña descripción de la trasferencia o pago que se está haciendo. En pagos certificados el concepto de la transferencia es el número de referencia único que se asigna a cada propuesta de acuerdo y que permite conciliar éste con el pago derivado del mismo.

¿Quién es el remitente en una orden de transferencia?

La plataforma es muy versátil, permitiendo ser operada por dos letrados, en representación de sus respectivos clientes, de un solo letrado en representación de ambas partes o incluso de un solo letrado frente al cliente de la parte adversa. Cuando el obligado al pago interviene con asistencia letrada será a través de esta de la que recibirá las instrucciones de pago para que remita la orden de transferencia, caso contrario él mismo podrá descargar de la plataforma tales instrucciones para proceder a dar la orden de transferencia como remitente de la misma.

Casos de uso de transacciones condicionadas a un pago

Algunos casos de uso de transacciones condicionadas a un pago son los siguientes:

  • Hojas de encargo
  • Acuerdos matrimoniales
  • Pactos entre herederos
  • Reconocimiento de deuda
  • Contrato de arras
  • Contrato de compraventa
  • Contrato de Alquiler
  • Contrato de préstamo
  • Compraventa de vehículos
  • Transacciones judiciales para poner fin a un procedimiento o extrajudiales evitando la vía judicial.

Casos de uso de transferencias condicionadas

Algunos casos de usopa ra de transferencias condicionadas seran los siguientes:

• Pago de rentas para evitar un desahucio.

• Pago de rentas cuando el arrendador no quiere cobrar por considerar el contrato terminado o resuelto.

• Pago de cuotas de comunidad para tener derecho a voto.

• Indemnizaciones de todo tipo (laborales, de seguros…)

Flujo transferencias condicionadas a la aceptación y firma del documento a través de pagoscertificados.com
Flujo transferencias condicionadas a la aceptación y firma del documento a través de pagoscertificados.com

• Pago al vendedor cuando se niega a recibir el precio para poder dar por resuelto el contrato.

¿Cómo funcionaran las transferencias condicionadas?

La parte oferente del pago creará una oferta rellenando los datos y circunstancias de identificación del interesado en la obligación a que se refiera el ofrecimiento de pago o consignación, así mismo, adjuntará el documento que recoja las razones de la actuación, todo lo relativo al objeto del pago o la consignación y su puesta a disposición del beneficiario. Es importante que en el documento que recoge la oferta se indiquen las razones, el motivo y el objeto de la consignación para que así conste en el certificado.

El sistema notificará al interesado la existencia del ofrecimiento de pago o la consignación, a los efectos de que en el plazo estipulado por el deudor acepte el pago, o lo rechace indicando en este caso las razones que consideren oportunas.

Si el acreedor aceptante contestara al requerimiento aceptando el pago o lo consignado en plazo, el sistema liberará las cantidades haciendo entrega al beneficiario/os, permitiendo la descarga del certificado y dando por finalizado el expediente.

Si transcurrido dicho plazo no aceptara, no realizara ninguna alegación o se negara a recibirla, se procederá a la devolución de lo consignado, certificando el rechazo de la oferta de pago/consignación, sin más trámites y se archivará el expediente..

A diferencia de la consignación judicial y de igual forma que en la consignación notarial, la oferta de pago y consignación extrajudicial a través de Pagoscertificados.com no producira efectos liberatorios para el deudor en caso de inactividad o rechazo del acreedor, sin embargo, si producira efecto en cuanto a la mora y traspaso de los riesgos al acreedor.

Todo ello, sin tener que acudir al juzgado ni a la notaría, sin esperar los largos plazos y con posibilidad para el deudor de recuperar de forma inmediata su dinero, en caso de rechazo o inactividad del acreedor.

Así serán las consignaciones del futuro inminente.

Esta herramienta, además permite realizar los pagos entre abogados cuando alcanzan un acuerdo en representación de sus clientes.

Estamos para ayudarte, contacta con nosotros si tienes alguna duda a través del e-mail  soporte@pagoscertificados.com

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Pagos judiciales, adiós a la burocracia con la nueva plataforma de pagos de la Abogacía Española

En este post descubrirás cómo ahorrarte los engorrosos trámites burocráticos cuando tu o tus clientes tienen que hacer pagos judiciales.

¿Qué son pagos judiciales?

El Ministerio de justicia define los pagos judiciales o consignaciones como:

  • Aquéllas que se realizan en ejecución voluntaria o forzosa de títulos que lleven aparejada ejecución.
  • Las que se realicen con finalidad liberatoria por el obligado al pago de una cantidad, o en otros supuestos legalmente establecidos.

¿Quién puede hacer pagos judiciales?

  • Los ciudadanos que, siendo parte de un procedimiento judicial, deban abonar fianzas (por ejemplo, para eludir la prisión o asegurar determinado tipo de responsabilidades), realizar depósitos (para poder recurrir las resoluciones judiciales) o pagar multas impuestas por las autoridades judiciales.
  • Cualquier ciudadano que, aun no siendo parte en un proceso judicial, quiera realizar determinados actos con relevancia procesal, como es participar en una subasta judicial.
  • El empresario en el supuesto de despido improcedente, cuando opte por la indemnización en lugar de readmitir al trabajador despedido, y al objeto de poner a disposición de éste la indemnización.
  • Aquellas personas que adeudan una cantidad a otra, ante la negativa de ésta a recibir el pago.
  • Aquellas personas o entidades que reciban una orden de embargo o, en su caso, de retención y posterior puesta a disposición por orden de un órgano judicial.
  • En general, cualquier persona que reciba una comunicación judicial de poner a disposición del órgano judicial una determinada cantidad.

¿Cómo se realiza un pago judicial?

Los pagos judiciales a través de la cuenta de consignaciones del Ministerio de Justicia pueden realizarse de las siguientes formas:

Personalmente en las Oficinas del Banco Santander

El obligado al pago judicial podrá personarse en las oficinas de la entidad bancaria y realizar este en efectivo o mediante cheque.

Si es en efectivo, tendrá que acudir a ventanilla del Banco de Santander con el dinero. Hasta hace algún tiempo, había que rellenar un formulario rosa con todos los datos de la consignación, actualmente, el empleado de la sucursal rellena los datos en el ordenador y, posteriormente le facilita el recibo del ingreso. Acudir personalmente a la entidad bancaria supone para el obligado al pago asumir los costes tanto de tiempo como de desplazamientos.

En el caso del ingreso mediante cheque este deberá estar conformado o tratarse de un cheque bancario. Irá dirigido, bien al Juzgado, bien a la entidad bancaria, en este caso, el Banco Santander, asumiendo el pagador las posibles comisiones que le cobrará su banco por la emisión de dicho cheque.

Mediante Transferencia Bancaria

Este es el punto más conflictivo ya que las cuentas de consignación tienen la particularidad de sus 16 dígitos en lugar de 20, por lo que no se puede hacer una transferencia directamente a la cuenta del expediente del Juzgado. Esta circunstancia se salva con una cuenta única en España con la numeración tradicional de 20 dígitos, cuya función es recibir las transferencias dirigidas a las Cuentas de Depósito y Consignaciones.

Como es cuenta única hay que tener en cuenta un requisito de gran trascendencia en el momento de hacer la transferencia: consignar en el campo “observaciones” el número de cuenta de 16 dígitos del expediente. Además, los dígitos tendrán que ir separados de cualquier otro texto que incluyamos en el campo de observaciones.

Si no se consignan estos dieciséis dígitos o se escriben erróneamente, la transferencia será repelida por imposibilidad de identificación del expediente judicial y será devuelta a origen.

La cuenta de origen de la transferencia puede ser cualquier entidad bancaria, si bien ha de tenerse en cuenta que si se realiza desde una cuenta distinta al Santander el banco puede cobrar comisiones por realizarla.

Pagoscertificados.com la alternativa a la cuenta de consignaciones para realizar pagos judiciales

El Consejo General de la Abogacía junto con CTI Soluciones y Caixabank, con la certificación y firma electrónica de Logalty ha desarrollado una plataforma que permite a los ciudadanos realizar algunos de los pagos judiciales de los que hasta ahora se venían realizando a través de la cuenta de consignaciones judiciales como por ejemplo el pago de las cantidades fijadas en Sentencia de una forma ágil, cómoda y sin desplazamientos evitando los trámites burocráticos tanto de los pagos como de los cobros judiciales.

¿Qué ventajas ofrece el uso de Pagoscertificados.com como alternativa a la cuenta de consignaciones judiciales para realizar pagos de las cantidades objeto de condena?

1º Permite el pago y cobro de forma inmediata.

Evita desplazamientos: El obligado al pago no deberá personarse en la entidad bancaria a fin de realizar el pago, evitando gastos de tiempo y de desplazamientos.

Evita la burocracia de la transferencia a la cuenta de consignaciones solventando que, si no se consignan los dieciséis dígitos o se escriben erróneamente, la transferencia sea repelida por imposibilidad de identificación del expediente judicial y sea devuelta a origen.

¿Cuánto puede tardar en liberarse la cantidad consignada a través de Pagoscertificados.com?

Loa pagos judiciales realizados a través de pagoscertifcados.com tardan en ser liberados un máximo de 72 horas.

Alternativa a los pagos judiciales a través de Pagoscertificados.com
Flujo acuerdos de pagos judiciales o extrajudiciales a través de Pagoscertificados.com

¿Qué sucede si el consignatario no acepta el cobro judicial?

La cantidad consignada es devuelta de forma inmediata al consignante por medio de transferencia bancaria, sin esperas. Sin necesidad de que el Letrado de la Administración de Justicia tenga que librar el mandamiento de devolución.

La próxima vez que tengas que realizar un pago judicial o extrajudicial vinculándolo a un documento o contrato recuerda que puedes hacerlo con la máxima seguridad a través de la plataforma de contratación y pagos de la Abogacía Española en la web www.pagoscertificados.com o a través del portal de servicios RedAbogacia.

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